Renovando todos los días, nuestro compromiso

CON LA SEGURIDAD VIAL

NOSOTROS

Quienes somos

VERTEC S.R.L, parte del grupo Inspección Vehicular Venado Tuerto S.A., fundada el 17 de Marzo de 1993, cuenta con la experiencia e idoneidad en la verificación técnica de vehiculos particulares, de carga y transporte de pasajeros.
Situada en Blvd. Ameghino 1598, Pergamino, Provincia de Buenos Aires.

CERTIFICAMOS

Implementamos nuestro Sistema de Gestión de la Calidad según los lineamientos de la Norma Internacional ISO 9001:2015.

La certificación es la demostración independiente del cumplimiento con normas. Es un instrumento eficaz para la defensa del consumidor y para la competencia leal entre empresas. La certificación contribuye al desarrollo tecnológico de las empresas.
Sabemos que certificar un Sistema de Gestión incrementa la satisfacción de los cliente y la del personal, y se suma a los objetivos de nuestra organización, de la comunidad y del cuidado del medioambiente.

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Sistema de Gestión de Calidad

Estamos orgullosos de haber certificado

La International Standard Organization (ISO) es una organización mundial que desarrolla una familia de normas para el aseguramiento de la calidad de las empresas y que, por su gran utilidad, se está convirtiendo rápidamente en todo el mundo en un sinónimo de confiabilidad en quienes logran certificar dichas normas.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Que vehiculos deben realizar la verificación técnica obligatoria?

Todos los vehículos que realicen transporte de carga y pasajeros en el ámbito interjurisdiccional (la Argentina está dividida en 24 jurisdicciones entre las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) así como los que circulan en el ámbito local, y su jurisdicción haya efectuado un convenio con la CENT. Además, todos los vehículos de uso particular cuyas jurisdicciones (Provinciales o Municipales) hayan efectuado un convenio con la CENT.

¿Cuál es el período de gracia de los vehículos 0 km?

Para los vehículos que realizan transporte de Cargas Generales y Peligrosas es de 12 meses desde el patentamiento original. En el caso de Transporte de Pasajeros, no hay período de gracia, deben realizar la RTO desde su patentamiento. Para los Vehículos de Uso Particular es de 3 años desde fecha de patentamiento original.

¿Cuál es el período de vigencia de verificación técnica?

Cargas Generales: 1 año de vigencia hasta los 20 años de antigüedad y 6 meses para más de 20 años sin límite de antigüedad.

Cargas Peligrosas: Vigencia: Vehículos Motrices: 1 año hasta los 10 años de antigüedad y cada 4 meses durante los siguientes 3 años ( por prórroga vigente ); luego de esto no pueden circular. Remolques 1 año hasta 10 años de antigüedad, luego siguen circulando sin límite de modelo y verifican cada 6 meses.

Trasporte de Pasajeros: 6 meses hasta los 10 años y 4 meses (según prórroga vigente) para más de 10 años hasta 13 años de antigüedad.

Vehículos de Uso Particular: Vigencia: 2 años desde los 3 hasta los 7 años de antigüedad y 1 año para más de 7 años sin límite de antigüedad.

¿Cuál es la documentación exigida para efectuar la verificación técnica?

Todos los Vehículos: 
- Cédula de Identificación del vehículo (Tarjeta verde) o Título de propiedad del automotor
- CUIT o CUIL del titular registral
- Licencia de conductor, vigente y de Clase acorde a la Categoría de vehículo que se va a revisar
- Seguro Obligatorio
- Último recibo de patente pago
En caso de vehículos automotores propulsados a Gas Natural Comprimido (GNC), deberán presentar, además:
- Cédula de Identificación del Equipo para GNC (tarjeta amarilla)
- Oblea de identificación, conforme disposiciones de la Ley 24076 y resoluciones reglamentarias y Resolución 2768/2002 y cc.

Transporte de pasajeros o de carga, además deberán presentar:
Licencias profesionales habilitantes
Certificado de Matriculación para Transporte de Pasajeros, cualquiera sea su categoría modal
Constancia de inscripción al Registro Provincial de Transporte automotor de carga, para el transporte de carga provincial
Constancia de inscripción al Registro Único de Transporte automotor (RUTA), para transporte de carga interjurisdiccional nacional o internacional
Para los vehículos de Cargas, se exigirá certificado de agregado de tanques adicionales y/o certificación del cisterna, si corresponde
Para los vehículos de pasajeros interjurisdiccionales (nacional o internacional), además deberán presentar:
Alta de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte;
Certificado de Fabricación de la Carrocería

¿Qué dispositivos obligatorios adicionales deben contar las unidades al presentarse a la verificación técnica?

Todos los Vehiculos:
- Matafuegos
- Balizas Triangulares
Transportes de Carga y Pasajeros:
Disponer de Bandas Retrorreflectivas y Círculo de Velocidad Máxima para todos los vehículos de transporte de Cargas y Pasajeros .
Los vehículos de cargas peligrosas deben estar identificados con Paneles de Seguridad y Rombos.
Los vehículos motrices de cargas peligrosas que pertenezcan a las categorías (N2 y N3) deben disponer de tacógrafo.
Los vehículos de pasajeros categorías (M2 y M3) que realizan servicios de media y larga distancia deben poseer tacógrafo. Los servicios urbanos deben poseer limitador de velocidad.

¿Qué leyes avalan la R.T.O.?

La ley 24449, en su artículo 34, reglamentado por el decreto 779/95 y Resolución de la Secretaría de Transporte Nº 417/92.

Los vidrios polarizados. ¿Están prohibidos?

Los vidrios polarizados están prohibidos por Ley, son un motivo de rechazo al verificar. También lo son los vidrios espejados.
Es importante tener en cuenta que aprobar la verificación no lo exime de ser multado en la vía pública.

¿Puede verificar una persona que no sea el titular?

El trámite lo puede realizar cualquier persona presentando la documentación requerida del vehículo y documento personal.

¿Si no hago la R.T.O. me pueden multar?

. Le corresponde una multa además de la retención del vehículo.

¿Qué pasa si me rechazan o me condicionan?

No. Pero se expone a ser multado por falta de RTO. El período de vigencia cuenta a partir de cuando se realiza la verificación.

¿Puedo verificar en el taller que me queda más cómodo?

Si. Cualquiera de los talleres se encuentra habilitado para realizar la RTO para vehículos de carga y pasajeros.
En caso de Vehículos de Uso Particular sólo se podrán realizar los de Jurisdicciones no implementada o por convenio.

¿El vehículo sufre algún deterioro al hacer la R.T.O.?

No. Está comprobado que los procedimientos efectuados para verificar los vehículos no afectan en absoluto al mismo.

El vehículo no está en uso. ¿Se debe verificar de todas maneras?

No es necesario, la obligatoriedad de la R.T.O. es para circular en la vía pública.

¿Qué trámite debo realizar si extravío el Certificado de RTO ó al romperse el parabrisas se dañe o pierda la oblea?

Se debe realizar una nueva Revisión Técnica

¿Puede el Taller efectuar reparaciones?

No, el taller se encuentra inhabilitado para realizar reparaciones en un vehículo sometido a verificación.

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